El pasado 10 de noviembre, el Ministerio de Agricultura aprobaba las modificaciones para la Política Agraria Común (PAC) para su aplicación a partir del 1 de enero de 2018. Dichos cambios afectan a cuatro Reales Decretos que abordan los pagos directos a la agricultura, ganadería y otros regímenes de ayuda así como la gestión y control de los pagos al desarrollo rural; la asignación de derechos de régimen de pago básico; el sistema de información geográfica de parcelas agrícolas y las normas de la condicionalidad de la Política Agraria Común (SIGPAC) y las normas de condicionalidad para la campaña de 2018.

Ya en la edición anterior de la Feria del Olivo se palpaba la incertidumbre entre los profesionales por la repercusión que tendría finalmente la implantación de estas medidas en el sector oleícola.

Entre otros aspectos, los principales cambios afectan al pago para las prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente y a la información transmitida de los Estados miembros a la Comisión Europea. Además, también se incluye la mejora y ampliación de ajustes técnicos en la gestión de los pagos directos.

Por otra parte, las condiciones en el ejercicio de la actividad agraria en el pequeño agricultor también se verán modificadas en cuanto a la simplificación del régimen de ayudas, donde habrá posibilidad de seleccionar los derechos de pago básico que se quieren activar y de incluir nuevos regímenes de uso de ayuda en el periodo de modificación de solicitud única.

En cuanto a las modificaciones que hacían referencia al inicio de este artículo sobre el SIGPAC, será necesario proporcionar una información más ampliada por el agricultor, por lo que se incluirá la referencia catastral en la base de datos de SIGPAC, así como el derecho de acceso a los datos de declaración de cultivo de los titulares catastrales de las parcelas.

Los jóvenes agricultores también se verán beneficiados con estas medidas, sobre todo a la hora de percibir ayudas condicionadas por la introducción de nuevas disposiciones facilitará su incorporación a la actividad agraria. También tendrán ventaja en casos de expropiación forzosa o concentración parcelaria, donde las transferencias de derechos de pago básico se simplifican.